Derechos de los inmigrantes
Defensa de las garantías de asilo para los menores inmigrantes no acompañados
Resumen del caso
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Estados Unidos reconoce desde hace tiempo la especial vulnerabilidad de los niños y ha establecido medidas de protección permanentes para garantizar su seguridad y bienestar. Estas medidas son igualmente fundamentales para los niños inmigrantes que llegan en busca de refugio frente a la violencia y la persecución.
Sin embargo, en 2019, la Administración Trump puso en marcha una política gubernamental ilegal destinada a limitar las protecciones fundamentales para los menores en virtud de la Ley de Reautorización de la Protección de las Víctimas de la Trata (TVPRA), lo que puso en peligro la seguridad de miles de menores que habían solicitado asilo en Estados Unidos. Esta medida puso fin a la política, vigente desde hacía mucho tiempo, que permitía a los menores designados como «menores no acompañados» (UC) solicitar asilo en una entrevista adaptada a su edad con un funcionario de asilo debidamente formado.
En una clara desviación de la ley, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) ordenó a los funcionarios encargados de los asuntos de asilo que volvieran a determinar si un solicitante de asilo al que ya se le había reconocido la condición de menor no acompañado seguía cumpliendo la definición legal de dicho término en la fecha de presentación de la solicitud de asilo. Si un menor presentaba su solicitud de asilo tras cumplir los 18 años, o tras reunirse con uno de sus progenitores o con su tutor legal, la nueva política le obligaría a presentar su solicitud de asilo en una vista contradictoria ante un tribunal de inmigración, en presencia de un juez y un fiscal.
En julio de 2019, cuatro jóvenes solicitantes de asilo que huían de la persecución en sus países de origen interpusieron una demanda colectiva contra el Departamento de Seguridad Nacional. La demanda impugna la política del departamento que limita las protecciones fundamentales para los menores en virtud de la TVPRA, y alega que dicha política viola la Quinta Enmienda, la Ley de Procedimiento Administrativo y la TVPRA. Public Counsel, el National Immigration Project, Bet Tzedek Legal Services, Kids In Need of Defense (KIND) y Goodwin Procter LLP representaron a los demandantes originales y ahora representan al colectivo de demandantes.
ACTUALIZACIÓN: El Tribunal de Distrito celebró una vista el22 de junio de 2026, a las 10:00 h (hora del Este),en relación con la moción de urgencia presentada por los abogados de la demanda colectiva para exigir el cumplimiento del acuerdo de conciliación dictado por el tribunal y declarar a los demandados en desacato civil.
EL ACUERDO DE LIQUIDACIÓN TIENE AHORA COMO FECHA DE VENCIMIENTO EL 18 DE NOVIEMBRE DE 2026
El 25 de noviembre de 2024, el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Maryland concedió la aprobación definitiva delacuerdo transaccionalalcanzado por las partes en el casoJ.O.P. contra DHS, n.º 8:19-CV-01944-SAG (D. Md.). El 26 de mayo de 2026, el Tribunal admitióla solicitud de los abogados de la clase de prorrogar la fecha de vencimiento del acuerdo de conciliación, por lo que dicha fecha es ahora el 18 de noviembre de 2026. Los miembros del colectivoJ.O.P.que deseen obtener un beneficio en virtud del Acuerdo (como la no oposición del DHS a una solicitud de archivo administrativo) deben asegurarse de solicitar y obtener dichos beneficios lo antes posible. Para ser miembro de la clase J.O.P., una persona que reúna los requisitos debe haber presentado su solicitud de asilo ante los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) antes del lunes 24 de febrero de 2025.
- Puedes leer el aviso de la clase en inglés aquí.
- Puede consultar el anuncio de la demanda colectiva en español aquí.
Para obtener más información sobre el acuerdo extrajudicialentre J.O.P. y el DHS, consulta nuestra alerta de práctica.
- Para comunicar a los abogados de la demanda colectiva cualquier presunto incumplimiento del acuerdo de conciliación, relleneeste formularioy envíelo por correo electrónico a los abogados de la demanda colectiva a la dirección DG-JOPClassCounsel@goodwinlaw.com.
- Para notificar a los abogados del colectivo sobre presuntas infracciones del Acuerdo, rellene este formulario y envíelo a los abogados del colectivo aDG-JOPClassCounsel@goodwinlaw.com.
Tribunal
Tribunal Federal de Distrito para el Distrito de Maryland
Estado
Se aprueba el acuerdo de conciliación
N.º de expediente
8:19-cv-01944
Archivado
1 de julio de 2019
Equipo jurídico de Public Counsel
Vicepresidente interino y director de defensa de los derechos
nuestro abogado colaborador
Evolución del caso
Resolución
26/05/2026
El tribunal amplía la fecha de vencimiento del acuerdo de conciliación
El juez Gallagher estimó la solicitud de los abogados de la demanda colectiva de prorrogar la vigencia del Acuerdo de conciliación, fijando como nueva fecha de vencimiento el 18 de noviembre de 2026.
PRESENTACIÓN
10/04/2026
Los abogados de la demanda colectiva presentan una moción para prorrogar la fecha de vencimiento del acuerdo de conciliación
Debido al incumplimiento sustancial e imprevisto por parte de los demandados, los abogados del colectivo presentaron una moción para prorrogar la vigencia del Acuerdo de Conciliación hasta que el tribunal considere que los demandados han completado cuatro medidas clave destinadas a que los miembros del colectivo obtengan el pleno beneficio del acuerdo al que llegaron para resolver el litigio. Sin la intervención del tribunal, el Acuerdo de Conciliación expirará el 27 de mayo de 2026.
RESOLUCIÓN
27/02/2026
El Tribunal de Apelación de los Estados Unidos para el Cuarto Circuito desestima el recurso de apelación de los demandados
El Cuarto Circuito desestimó el recurso de apelación de los demandados a petición de estos, con arreglo a la regla 42(b) de las Normas Federales de Procedimiento de Apelación.
Actualización
30 de octubre de 2025
El USCIS publica un memorándum para la aplicación del acuerdo de conciliación
El USCIS ha publicado un memorándum normativo de conformidad con la sección III.A del Acuerdo de Conciliación. Este se aplica tanto a los miembros del colectivoJ.O.P.como a quienes no lo son, y regula la competencia del USCIS sobre las solicitudes de asilo presentadas por determinados jóvenes con resoluciones previas de la UC.
RESOLUCIÓN
19/05/2025
El Cuarto Circuito desestima la solicitud de los demandados de suspender la ejecución a la espera de la resolución del recurso de apelación
El Cuarto Circuito denegó la solicitud de los demandados de suspender la resolución del Tribunal de Distrito destinada a facilitar el regreso a Estados Unidos de un miembro venezolano de la demanda colectiva que había sido enviado a la tristemente célebre prisión de CECOT, en El Salvador. La resolución fue dictada por orden del juez Benjamin, con el voto concurrente del juez Gregory. El juez Richardson presentó un voto particular discrepante.
RESOLUCIÓN
23/04/2025
El Tribunal de Distrito admite una solicitud de medida cautelar para exigir el cumplimiento
La jueza Gallagher estimó la solicitud de medida cautelar de los demandantes para hacer cumplir el acuerdo de conciliación después de que los demandados trasladaran ilegalmente a un miembro venezolano del colectivo a la tristemente célebre prisión de CECOT, en El Salvador. Ordenó a los demandados que no trasladaran a otros miembros del colectivo y que facilitaran el regreso a Estados Unidos del miembro del colectivo que había sido trasladado.
Pedido
25 de noviembre de 2024
El tribunal concede la aprobación definitiva del acuerdo de conciliación
Pedido
22/08/2024
El tribunal concede la aprobación preliminar del acuerdo de conciliación
Resolución por la que se concede la aprobación preliminar del acuerdo y se modifica la definición del colectivo
Notificación colectiva del caso J.O.P. contra el DHS – Inglés
Presentación
29/07/2024
Las partes presentan ante el tribunal la propuesta de acuerdo de conciliación
Solicitud de aprobación preliminar del acuerdo de conciliación de la demanda colectiva
Pedido
21 de diciembre de 2020
El tribunal certifica una demanda colectiva a nivel nacional y modifica la medida cautelar
Resolución por la que se concede la certificación de la demanda colectiva y se estima la solicitud de modificación
Pedido
2 de agosto de 2019
El tribunal concede una orden de alejamiento provisional
Dictamen del Tribunal de Revisión Administrativa (TRO) en el caso JOP contra el Departamento de Seguridad Nacional (DHS)
Auto de medidas cautelares (TRO) en el caso JOP contra el DHS
Comunicados de prensa
Comunicado de prensa
08/05/19











