Justicia económica
Impugnación de las normas ilegales sobre venta ambulante de la ciudad de Fontana
Resumen del caso
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A pesar de las estrictas leyes de California que protegen los derechos de los vendedores ambulantes, el Ayuntamiento de Fontana ha puesto en marcha ordenanzas municipales claramente diseñadas para expulsar a los vendedores de la ciudad. Estas normas contra la venta ambulante imponen requisitos onerosos e ilegales, entre los que se incluyen costosas pólizas de seguro de varios millones de dólares —que no se exigen a los comercios fijos que venden productos similares— y comprobaciones anuales de antecedentes.
Fontana ha agravado aún más la situación al asociarse con una empresa externa para hacer cumplir estas ordenanzas de forma agresiva. Esta aplicación de la ley suele implicar acoso, la incautación de los carritos y el equipo de los vendedores, y la destrucción de sus alimentos y suministros. Además, Fontana tipifica como delito cualquier supuesta interferencia en la aplicación de la normativa, lo que expone a los vendedores a penas de hasta seis meses de prisión, e impone una retención obligatoria de 30 días sobre los bienes confiscados. Estas medidas punitivas violan directamente las leyes estatales que despenalizan y legalizan la venta ambulante en todo el estado.
Las medidas adoptadas por el Ayuntamiento han dado lugar a cientos de incautaciones de alimentos y mercancías, así como a más de 80 casos de retención de material, lo que ha causado perjuicios económicos y emocionales a decenas de vendedores ambulantes. Además, muy pocos vendedores han podido obtener licencias de venta ambulante en la ciudad debido a los requisitos de concesión de licencias, que son onerosos e ilegales.
Presentación
En agosto de 2025, la Coalición Interior por la Justicia para los Inmigrantes (ICIJ), representada por Public Counsel y el bufete de abogados pro bono Arnold & Porter, presentó una demanda para impugnar estas prácticas inconstitucionales. La demanda solicita una orden judicial permanente para poner fin a la actuación ilegal de Fontana, lo que permitiría a los vendedores ambulantes reanudar sus actividades de forma segura y legal.
Tribunal
Tribunal Federal de Distrito para el Distrito Central de California
Estado
Archivado
N.º de expediente
5:25-cv-02092
Archivado
11/08/2025
Equipo jurídico de Public Counsel
nuestro abogado colaborador
Evolución del caso
Presentación
1 de julio de 2026
Los demandantes presentan una solicitud de medida cautelar contra el Ayuntamiento de Fontana y 4LEAF Inc.
El 1 de julio de 2026, los demandantes presentaron una solicitud de medida cautelar contra el Ayuntamiento de Fontana y 4LEAF Inc. para impedirles aplicar las ordenanzas sobre venta ambulante en las aceras y los requisitos de autorización impugnados.
resolución
21/05/2026
El tribunal desestima las solicitudes de desestimación y de supresión de las reclamaciones constitucionales de los proveedores
La jueza Sunshine Sykes dictó una resolución en la que desestimaba las mociones de desestimación y supresión presentadas por el Ayuntamiento de Fontana y su contratista, 4Leaf Inc. Esta resolución confirmó la legitimación asociativa y organizativa del demandante colectivo ICIJ para interponer esta demanda, así como la justificación para incorporar a los proveedores individuales A.M., L.C. y A.P. como demandantes y su capacidad colectiva para añadir dos nuevos fundamentos (la Ley Bane y la doctrina Monell) en una segunda demanda modificada.
Presentación
13/02/2026
Varios comerciantes se suman con valentía a la demanda como demandantes
En una demanda modificada, a la demandante organizativa ICIJ se unieron tres miembros vendedores, A.M., A.P. y L.C., como demandantes individuales que demandan a los demandados —el Ayuntamiento de Fontana y su contratista encargado de la aplicación de la normativa, 4Leaf, Inc.— por prácticas discriminatorias contra los vendedores ambulantes (en su mayoría latinos), incautación inconstitucional de bienes y daños y perjuicios.
Presentación
15/01/2026
El tribunal dicta una resolución sobre las solicitudes de desestimación y concede autorización para modificar la demanda
El juez Sykes estimó en parte y desestimó en parte la solicitud de desestimación presentada por los demandados, y concedió al demandante autorización para modificar la demanda.
Presentación y actualización
15 de diciembre de 2025
Los demandados presentan solicitudes de desestimación; se aplaza la vista
Los demandados, el Ayuntamiento de Fontana y 4Leaf, presentaron mociones de desestimación con el fin de poner fin al caso. La jueza Sunshine Sykes decidirá si las demandas de los demandantes pueden seguir adelante.
El 15 de diciembre de 2025, el tribunal aplazó la vista prevista para el 19 de diciembre de 2025 hasta el 9 de enero de 2026, a las 14:00 horas, y ordenó que cualquier vista relativa a las mociones se celebrara de forma presencial.
MOCIÓN DE DESESTIMACIÓN PRESENTADA POR LA CIUDAD DE FONTANA, PARTE DEMANDADA
MOCIÓN DE DESESTIMACIÓN PRESENTADA POR EL DEMANDADO 4LEAF
OPOSICIÓN A LA SOLICITUD DE DESESTIMACIÓN PRESENTADA POR EL AYUNTAMIENTO DE FONTANA
OPOSICIÓN A LA SOLICITUD DE DESESTIMACIÓN PRESENTADA POR 4LEAF
RESPUESTA DE LA CIUDAD DE FONTANA, PARTE DEMANDADA, en apoyo de la SOLICITUD DE DESESTIMACIÓN
RESPUESTA DE LA PARTE DEMANDADA 4LEAF en apoyo de la SOLICITUD DE DESESTIMACIÓN
Auto por el que se ordena la continuación de la vista sobre las solicitudes de desestimación
Presentación
9 de octubre de 2025
Los demandantes presentan una demanda modificada
Presentación
11/08/2025
Los demandantes presentan una demanda
Comunicados de prensa
Medios de comunicación
- San Bernardino Sun,Los vendedores ambulantes presentan una demanda y afirman que Fontana hace «imposible» mantener abiertos sus negocios, 13/8/25
- NBC4,Los vendedores ambulantes demandan al ayuntamiento de Fontana por unas normas «discriminatorias», 12/8/25
- Telemundo 52,Los vendedores ambulantes demandan a la ciudad de Fontana, 8/12/25
- Univision 34:Fontana se enfrenta a una demanda por actuar contra los vendedores ambulantes, 12/8/25
- KVCR yFontana, demandados por las leyes sobre venta ambulante que permiten la incautación de material y la aplicación privada de la normativa, 12/8/25












